30 de septiembre de 2010

los sin aval en el nuevo convenio

No hay nada nuevo bajo el sol. El nuevo convenio dice exactamente lo mismo que el primer convenio en lo que respecta a los sin aval. Exactamente dice: Los acreedores acuerdan que se abonen, con carácter preferente después de los créditos contra la masa y antes que el resto de créditos ordinarios y subordinados, los créditos de anticipos de clientes, para compras de viviendas no garantizados con aval, en promociones que no vayan a ser acabadas por Martinsa Fadesa, y que hubieran sido reclamadas por sus clientes.

También se incluyen las mismas "pegas" que en el primer convenio: La primera es que hay un límite de 30 millones de euros a pagar por este concepto. La segunda es que relacionan una serie de promociones que pueden cumplir esas condiciones, y en esa relación no está El Saboyal.

Pinchando en los siguientes enlaces os aparecerán los comentarios que sobre esta cuestión hicimos en su día, y que ahora siguen siendo válidos:
18 de enero de 2009
29 de julio de 2009
31 de julio de 2009.

29 de septiembre de 2010

el proceso de votación todavía no está listo

Según publica la Voz de Galicia, el juez del concurso ha indicado a Martinsa Fadesa que actualice su plan de viabilidad. Después el juzgado tendrá que elaborar el documento completo para distribuirlo entre los acreedores y que estos comencen a emitir sus votos de adhesión o de rechazo a los dos convenios que están sobre la mesa.

No me resisto a recordar que el plan de viabilidad que se presentó en diciembre de 2008, elaborado por Deloitte, dejaba mucho que desear.

el segundo convenio listo para ser votado

No ha habido sorpresas, la Administración Concursal de Martinsa Fadesa ha evaluado positivamente el convenio presentado por 4 bancos, así que este convenio ya está listo para ser votado.

En los próximos días evaluaremos nosotros ese convenio, y empezaremos por lo que más interesa: los sin aval en el convenio.

28 de septiembre de 2010

el nuevo convenio

El pasado 24 de julio, justo dos años después de iniciarse el concurso de Martinsa Fadesa, el juez dictó la fase de convenio, señalando el 4 de enero de 2011 como fecha límite para adherirse o rechazar los convenios que se hubiesen presentado.

De momento solo hay un convenio sobre la mesa que tenga todas las bendiciones legales: es el convenio que Martinsa Fadesa presentó en diciembre de 2008. Ese convenio ya lo hemos descrito en este blog.

Los medios de comunicación nos hablan de un segundo convenio que tiene todas las posibilidades de ser el que finalmente se apruebe a principios de año. Pero todavía no tiene todos los requisitos legales para que los acreedores puedan adherirse al mismo.

Es verdad que este segundo proyecto de convenio fue presentado por los pelos en tiempo y forma por cuatro entidades bancarias, que cumplían la condición de tener un crédito superior al 20% de la deuda. Pero esto no es suficiente, pues también se requiere que el juez lo admita a trámite. Este paso también ocurrió hace ya algunas semanas. Lo más significativo de la admisión a trámite es que el juez aceptó la marcha atrás de estas 4 entidades bancarias que habían apoyado el primer convenio y ahora se desdecían.

Pero todavía falta un tercer trámite para aceptar los votos a este segundo convenio. Ese trámite consiste en que la Administración Concursal tiene que emitir un escrito de evaluación sobre el contenido del convenio, en relación con el plan de pagos y con el plan de viabilidad que la acompañe. Pues bien, los medios de comunicación nos han anunciado que mañana la Administración Concursal presentará su informe de evaluación. A partir de ese momento: ¡a votar!

¿Y si la evalución no fuese del todo favorable y los administradores pusiesen alguna pega? En este caso la Ley Concursal no dice nada, lo lógico sería que se corrigiesen los posibles defectos, aunque por otro lado la Ley dice que una vez admitido a trámite un convenio, este no puede modificarse. Mañana saldremos de dudas.

27 de septiembre de 2010

22 de septiembre de 2010

18 de septiembre de 2010

13 de septiembre de 2010

carta de Martinsa Fadesa

Martinsa Fadesa está enviando cartas a aquellos que han ejecutado su aval. Les informa que como el banco ha comunicado la ejecución del aval se entiende rescindido el contrato, salvo que en el plazo de 10 días el afectado comunique su oposición a esa rescisión.

No hay quien entienda la organización de Martinsa Fadesa. Por ejemplo, en nuestro caso, en noviembre de 2008 ya nos comunicaron que quedaba resuelto el contrato, incluso antes de que les comunicáramos nuestra intención de ejecutar el aval, ejecución que tuvo lugar hace más de 20 meses, y ahora se descuelgan con esta carta. Dan ganas de oponerse a la rescisión para ver qué pasa, para enredar.

10 de septiembre de 2010

9 de septiembre de 2010

el estado de los de la CA3

Este listado se ha actualizado con datos extraídos del informe concursal definitivo. Con paciencia iremos actualizando el resto de las promociones de El Saboyal.

7 de septiembre de 2010

los de ADICAE también van por buen camino

Desde su página web, ADICAE informa que ante el incidente concursal presentado por esta asociación en nombre de afectados sin aval por el que solicitaban resolución de contrato por incumplimiento con posterioridad a la fecha de inicio del concurso, es decir poor no entregar la vivienda en el plazo acordado, la Administración Concursal da la razón, mientras que Martinsa Fadesa dice que naranjas de la China.

Esto es lo mismo que le ocurrió a nuestro compañero de fatigas Jesús Mari (pinchar aquí). Ahora al juez no le queda más remedio que admitir lo que dice la Administración Concursal, y por tanto que esos afectados deberán cobrar contra la masa.

1 de septiembre de 2010

compradores de viviendas con derecho a voto

Después de casi un mes de vacaciones ya casi no me acuerdo por dónde iba. ¡Ah, ya sé! Estábamos clasificando a los acreedores de Martinsa Fadesa según el informe definitivo de los administradores concursales.

Este informe advierte que el pasivo, o sea las deudas, está referido a la fecha de 24 de julio de 2008. Pero esto no es del todo verdad en lo que respecta a compradores de viviendas, porque el informe ha variado la clasificación de los mismos. En el informe de 2008 aparecíamos todos como acreedores contingentes (o sea, que MF no debe dinero sino que tiene el compromiso de entregar una vivienda). Pues bien, la clasificación de algunos compradores ha variado y ahora nos podemos clasificar en estos grupos:

a) Compradores que sabemos han cobrado su aval bancario, y que ahora ya no figuran como acreedores de ningún tipo. Los créditos han sido clasificados como ordinarios, tanto el principal como los intereses, pero transferidos al banco correspondiente.

b) Compradores que sabemos han cobrado su aval, pero en el listado figuran como créditos contingentes.

c) Compradores de los que sabemos que no tienen aval y figuran como acreedores contingentes.

d) Compradores que han resuelto su contrato. Figuran como acreedores ordinarios por el principal, y como créditos subordinados por los intereses que correspondan.

Los del último grupo, el d), entiendo yo que tienen derecho a voto para aceptar o rechazar cualquiera de los dos convenios que están sobre la mesa, pero no les merece la pena mover un dedo en este sentido.

Cuando hablamos de compradores de los que sabemos algo, nos referimos a compradores del Saboyal. Si alguno tiene curiosidad en saber cómo está clasificado, puede realizarnos esa consulta.