Unas 60 personas acudimos a la asamblea convocada por Adicae-Zaragoza, seguramente todas ellas (o casi) eran afectados sin aval, tanto de La Joyosa como de San Mateo.
A resaltar que Adicae en las próximas semanas tiene intención de interponer un incidente concursal, o sea una demanda ante el juzgado de A Coruña, solicitando la resolución del contrato de aquellos que se animen y tengan un claro incumplimiento. En principio existe un grupo de afectados de Costa Minho (Galicia) dispuestos al ataque.
El representante de Adicae no animaba mucho a sumarse a esa demanda, porque decía que según sus noticias, el juez no abordaría estas demandas hasta el mes de diciembre, o sea que hay tiempo. Pero por otro lado, el de Adicae comentaba que no se puede hacer otra cosa porque la administración concursal no sabe, no contesta.
Si el juez dictase resolución del contrato por incumplimiento después del concurso, se cobraría contra la masa. Hoy por hoy, los únicos que se pueden acoger a esta posibilidad son los compradores de parcelas y los de viviendas de la CA3 (esto es cosa mía, no de Adicae).
Todo este asunto ya lo comentamos en varias entradas de este blog allá por el mes de septiembre.
Uno de los lectores de este blog me hace notar que la CA4 también tiene incumplimiento por no haber obtenido la licencia en los 18 meses correspondientes. Tiene razón, porque aunque el ayuntamiento concedió la licencia en julio de 2008, Martinsa Fadesa nunca llegó a pagar las tasas correspondientes, por lo que de hecho nunca ha tenido licencia para la CA4.
9 de marzo de 2010
la asamblea de adicae
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4 comentarios:
Hola, yo no pude estar en la reunión, pero me llama la atención una cosa que comentas, que el juez no tiene previsto mirar lo que presente Adicae hasta diciembre. ¿Todavía se espera en diciembre que esté el juez resolviendo incidentes concursales? Madre mía, esto es más largo que un día sin pan.
¿Se dio en algún momento información actualizada de cuánto falta para terminar la resolución de incidentes?
Gracias por la info. Un saludo.
Ah, otra cosa, ¿por qué crees que sólo se incumple después de la declaración de concurso en el caso de la CA3 y las parcelas?
Soy de la CA4 y mi contrato está incumplido por plazos en la concesión de licencia, lo cual fue después de la declaración del concurso. De no ser que se declare incumplido por no tener aval, cosa que dudo, ya que la Admón. Concursal deniega la resolución por este motivo.
Igual me he perdido algo.
Saludos.
Hoa Sergio, la asamblea de Adicae duró como hora y media, así que se dijeron más cosas de las que he puesto en el blog. Por ejemplo se informó de la denegación de la prórroga por parte del ayuntamiento de la licencia de urbanización, pero eso ya lo conocían los lectores de este blog. Las cosas se repitieron varias veces.
Algunos afectados plantearon su particular situación. Por ejemplo los que no teniendo aval les han resuelto el contrato, y parece ser que les han declarado acreedores ordinarios, lo cual significa que, si no se remedia, cobrarían en 8 años.
La única noticia sobre lo que se cuece en el juzgado de A Coruña es la que he comentado, o sea que el juez miraría los expedientes de solicitud de resoluciones de contrato allá por el mes de diciembre. Esta noticia supongo que tiene su origen en el abogado y representante de Adicae en A Coruña.
De cómo van las resoluciones de los incidentes concursales, nada de nada. El de Adicae no se atrevió a dar una fecha de conclusión de esta fase. Eso sí, recordó que después se abrirá la fase de convenio para su posterior aprobación por los acreedores. Insinuó que el convenio podría contemplar una quita del 50%. En cambio no destacó el hecho de que una propuesta de convenio ya fue presentada por Martinsa Fadesa con el apoyo de varios bancos que cuentan con más del 50% de los votos. Ni tampoco mencionó que el convenio contempla una clausula por el que se devolverá el dinero a los sin aval para los que su casa no se fuese a construir.
Sobre el asunto de que solamente las parcelas y la CA3 tienen incumplimiento, te pido disculpas porque efectivamente para la CA4 ya han transcurrido los 18 meses de plazo para obtener la licencia. Lo corregiré ahora.
No obstante se comentó por encima que uno de los afectados sin aval de la CA4 para los que se le ha resuelto el contrato, lo ha sido por incumplimiento con anterioridad al concurso y por eso sería considerado como acreedor ordinario. Este caso también lo habíamos comentado en el blog.
De todas formas, quizás hubo algún otro detalle interesante y que a mí se me haya escapado. A lo mejor alguno de los asistentes añade más cosas o me corrige.
Saludos. Manuel Vázquez.
Gracias por el resto de la información.
Dudo que se contemple una quita del 50% como dicen, ya que entonces los bancos no se habrían adherido al convenio. Es demasiado conceder, 8 años para el pago de la deuda y una quita tan alta.
En todo caso, veo que las cosas en estos meses han avanzado lo mínimo y que tampoco se dio información muy relevante. Pero gracias por estar al tanto.
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