27 de agosto de 2008

los intereses del aval



Cuando se ejecute el aval es obligación del banco devolver las cantidades entregadas y que tienen que figurar en el documento del aval, junto con los intereses legales que correspondan.

La ley de julio de 1968 (una ley franquista, por cierto) es la que regula este asunto. Allí se habla de un interés del 6%, pero otra ley posterior de 1999 establece que ese interés será el legal del dinero, que cada año se publica en la ley de presupuestos. Concretando, para 2006 ese interés fue del 4%, y para los dos años siguientes el 5% y 5,5% respectivamente.

En el cuadro adjunto se ha hecho una simulación de cálculo, mediante una hoja excel, tomando un ejemplo real.

Para que nos hagamos una idea de lo que supondría el adelantar el aval o el atrasarlo, para una cantidad redonda de 60.000 €, cada día generaría unos 10 € de interés.

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