22 de abril de 2010

noticias sobre el estado del concurso

La Voz de Galicia se ha enterado del estado del concurso de acreedores. Comentamos esta noticia.

El juez, nuestro ocupado juez, todavía tiene que resolver algo más de un centenar de incidentes de los 900 que presentaron los acreedores de Martinsa Fadesa y sus empresas filiales. Tardará un par de meses en terminar esa fase.

A continuación el juez abrirá la fase de convenio; sabemos que ya está presentado un convenio desde hace 17 meses. Este convenio podrá ser modificado, cosa que es posible que ocurra porque al menos tendrían que actualizarse las fechas de los pagos (inicialmente se prevé que los pagos comenzarían a realizarse el 31 de mayo de este mismo año).

Durante 90 días los acreedores podrán adherirse al convenio, o incluso podrán oponerse. Finalmente el juez dispondráa de otro mes más para aprobar el convenio, porque partimos de la base de que el convenio ya está aprobado por los principales acreedores

Total, que entre unas cosas y otras, y como el mes de agosto es inhábil, nos plantamos a finales de noviembre. A continuación se aplicará lo que diga el convenio.

El artículo de la Voz de Galicia dice más cosas, pero o son ya conocidas por nosotros o no son enteramente ciertas. Por ejemplo no es cierto que los 90 días sean para presentar alegaciones, más bien para presentar adhesiones al convenio. El artículo completo puede verse pinchando la figura del principio.

16 de abril de 2010

Los clientes de Martinsa Fadesa que no reciban su vivienda serán los primeros en cobrar

Así se desprende de una sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña, el que lleva el concurso de acreedores de Martinsa Fadesa, declarado en julio de 2008 con un pasivo de unos 7.000 millones.

La sentencia estima parcialmente la demanda presentada por un cliente de Martinsa que pidió ser excluido de la lista de acreedores de la empresa y, por contra, figurar entre los denominados créditos contra la masa.

Estos créditos contra la masa son los primeros que una empresa en concurso debe pagar, y de forma íntegra, cuando supera el concurso. Están conformados por los gastos que genera la compañía desde que se declara su suspensión de pagos.

Una vez que se abonan estos créditos contra la masa, la empresa atiende posteriormente a su lista de acreedores, y lo hace en función de las condiciones de quita de deuda y plazos de pagos que se acuerden en el correspondiente convenio de acreedores.

La sentencia del Mercatil de A Coruña, con fecha de 8 de marzo y a la que tuvo acceso Europa Press, se refiere a un cliente de la inmobiliaria que en diciembre de 2005 "mediante la concertación del correspondiente contrato compró una vivienda de construcción futura por un precio de 193.558,72 euros, habiendo entregado a la cuenta la suma de 46.681,9 euros".

De modo que en la fecha en que Martinsa se declaró en concurso "ni la vivienda había sido entregada por la vendedora, ni el comprador había cumplido íntegramente con la obligación de pago del precio".

Según la sentencia del juez, "los contratos que se hallen en esta situación al tiempo de la declaración del concurso continúan en vigor conforme a lo establecido en la Ley Concursal, siendo a cargo de la masa las prestaciones que deba realizar el concursado".

Pero para ello, para poder registrar las cantidades entregadas a cuenta como créditos contra la masa y tener así preferencia en el cobro, el contrato tiene que haber sido quedado resuelto por algún tipo de inclumplimiento en una fecha posterior a la de la declaración de concurso. "En tanto el contrato no sea resuelto voluntariamente o judicialmente no es posible reconocer al comprador un crédito restitutorio actual contra la masa", continúa el auto del juez.

Así, la sentencia estima parcialmente la demanda del cliente de Martinsa y manda que "se excluya al comprador de la lista de acreedores concursales, sin perjuicio de los derechos que le confiere su contrato y, de los que, en su caso, se deriven contra la masa de la resolución por incumplimiento del mencionado contrato".

Nota: El texto anterior corresponde a un comunicado de Europa Press.

prioridad a la hora de cobrar

3 de abril de 2010

las parcelas individuales y los avales

lo de los avales en los adosados

Los 39 adosados de la H37 fueron los primeros en comercializarse, en marzo pasado hizo tres años, aunque la licencia de edificación se hizo esperar, no llegó hasta el 25 de febrero de 2008.

La H35 también obtuvo la licencia en febrero, pero tan apenas tiene cemento.
En la H36 hay menos ejecuciones de avales porque desde que comenzaron las ventas hasta la concesión de licencia solo transcurrieron 8 meses.Con la H38 se completa el listado de los adosados.