1 de septiembre de 2010

compradores de viviendas con derecho a voto

Después de casi un mes de vacaciones ya casi no me acuerdo por dónde iba. ¡Ah, ya sé! Estábamos clasificando a los acreedores de Martinsa Fadesa según el informe definitivo de los administradores concursales.

Este informe advierte que el pasivo, o sea las deudas, está referido a la fecha de 24 de julio de 2008. Pero esto no es del todo verdad en lo que respecta a compradores de viviendas, porque el informe ha variado la clasificación de los mismos. En el informe de 2008 aparecíamos todos como acreedores contingentes (o sea, que MF no debe dinero sino que tiene el compromiso de entregar una vivienda). Pues bien, la clasificación de algunos compradores ha variado y ahora nos podemos clasificar en estos grupos:

a) Compradores que sabemos han cobrado su aval bancario, y que ahora ya no figuran como acreedores de ningún tipo. Los créditos han sido clasificados como ordinarios, tanto el principal como los intereses, pero transferidos al banco correspondiente.

b) Compradores que sabemos han cobrado su aval, pero en el listado figuran como créditos contingentes.

c) Compradores de los que sabemos que no tienen aval y figuran como acreedores contingentes.

d) Compradores que han resuelto su contrato. Figuran como acreedores ordinarios por el principal, y como créditos subordinados por los intereses que correspondan.

Los del último grupo, el d), entiendo yo que tienen derecho a voto para aceptar o rechazar cualquiera de los dos convenios que están sobre la mesa, pero no les merece la pena mover un dedo en este sentido.

Cuando hablamos de compradores de los que sabemos algo, nos referimos a compradores del Saboyal. Si alguno tiene curiosidad en saber cómo está clasificado, puede realizarnos esa consulta.

No hay comentarios: