16 de julio de 2008

la Ley Concursal

Como me gusta ir a las fuentes, he buscado y encontrado la ley que regula esto de los concursos de acreedores, o para entendernos mejor, la que regula la suspensión de pagos. Es una ley larga, de 61 páginas a dos columnas del BOE. Incluso aunque tengamos que acudir a abogados convendrá conocer algo esta ley. Pero no la voy a colgar ni en este blog ni en el foro, es demasiado pesada. La iremos desglosando poco a poco.

De momento estamos en la fase primera, en la que el deudor (Martinsa) ha presentado en la mañana del 15 de julio, ante un juzgado de lo mercantil (en A Coruña, que es donde tiene su sede) solicitud de concurso de acreedores. Esta solicitud no habrá sido fácil de confeccionar pues tiene que ir acompañada de abundante documentación para demostrar que no puede cumplir sus obligaciones: memorias de actividades de los últimos 3 años, informes de gestión, inventario, relación de acreedores, ... Lo primero que tiene que hacer el juez es examinar en uno o dos días que la documentación está completa. Concederá hasta 5 días para completarla, si fuera el caso. También en un breve plazo tiene que dictar resolución de si admite o no la solicitud de concurso de acreedores. Y en ello estamos, bueno, están.

Perdonad la pequeña broma del dibujo de Forges, porque para chistes no estamos.

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