7 de septiembre de 2009

incumplimiento y reclamación del dinero a Martinsa Fadesa

Este es un tema peliagudo. A ver si ordeno las ideas. La cuestión es la siguiente: ¿Hay alguna posibilidad de que los sin aval recuperen su dinero antes de la aprobación del convenio? La respuesta es afirmativa, al menos es esa la sensación que me ha venido desde tres fuentes distintas:

- Dos de los asistentes a la reunión que mantuvimos el pasado mes de junio plantearon que si el incumplimiento tiene lugar después de declarado el concurso se tiene derecho a recuperar el dinero (pinchando aquí se verá el avance de esta noticia). Este asunto lo estaba estudiando su abogado.

- Adicae en su página web también dice que "si resuelve el contrato las personas que tengan un incumplimiento con fecha posterior a 24 de julio de 2008 serán consideradas créditos contra la masa (cobran de forma preferente)".

- Un afectado de San Mateo, que es propietario de una parcela sin aval y jurista, me comunica que "quien no tenga aval pero el incumplimiento se realice posterior a la declaración de concurso no tiene ningún problema, ya que al ser un incumplimiento posterior el crédito debe declararse contra la masa. En estos casos tienen que pagar inmediatamente. Se puede solicitar la devolución a la Administración Concursal a la vez que se pide la resolución del contrato".

Todo esto exige un comentario amplio, especialmente la argumentación jurídica, pero de momento lo cuelgo en el blog.

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