19 de septiembre de 2009

la coletilla "aproximadamente"

Una de las cláusulas de los contratos de compraventa dice que "estando prevista la terminación y entrega de la vivienda aproximadamente en un plazo de 30 meses desde la obtención de la licencia de edificación". Para el caso de las parcelas individuales este plazo es de "aproximadamente 24 meses desde la concesión de la licencia del proyecto de urbanización".

Algunas veces en el foro hemos comentado lo del "aproximadamente", quitándole importancia, y que lo que había que tener en cuenta es el plazo de 30 meses o el de 24 si se trataba de parcelas, porque un plazo es un plazo.

Pues bien, hay un banco que sí que le da importancia, y que a pesar de que el "aproximadamente" en estos momentos no tiene ningún sentido, se niega a devolver el aval a un parcelista acogiéndose a esa coletilla.

Ese banco es Caja Madrid.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

No solamente Caja Madrid, El Santander también se acoge a esto y resulta que el juez les da la razón tras haber recurrido la primera sentencia en la que argumentaban esto.
Recurro a la Audiencia Provincial
Mariu Sancho Manzana H37 Parc 32

lauzista dijo...

Hola Mariu, no lo entiendo muy bien lo que nos dices, porque lo del "aproximadamente" se refiere al plazo para entregar la vivienda, y en el caso de la H37 ese plazo terminará dentro de 9 meses, o sea que ahora no ha lugar a que el banco devuelva el aval.
Solamente los compradores de parcelas pueden estar en esa situación.
Manuel Vázquez