2 de septiembre de 2009

otra sentencia sobre aval caducado, y pluspetición

Un lector de este blog, al que en su día le ayudamos enviándole una sentencia sobre aval caducado, nos envía ahora el resultado de su demanda. Aclaro que su inmobiliaria no es Martinsa Fadesa.

Nuestro informante solicitó a Banesto el reintegro de las cantidades entregadas a su inmobiliaria. Esta solicitud estaba respaldada por un aval. Banesto denegó esta solicitud argumentando:
a) El aval estaba caducado.
b) La cantidad solicitada era mayor que la que figuraba en el aval (pluspetición).

Javier, que es el nombre del afectado, presentó Demanda Ejecutiva, que fue rechazada en primera instancia por el juez, que estimó la primera de las razones aducidas (caducidad) por el banco, sin entrar en la segunda de las razones (pluspetición).

Nuestro amigo, esta vez con más razones, entre otras la sentencia que sobre caducidad de avales habíamos dado cuenta en este blog, presentó apelación al auto judicial ante la Audiencia de Valencia, tanto en lo referente a la caducidad como a la pluspetición.

Esta vez tuvo más suerte, o más justicia, porque el juez admitió ambas razones, por lo que por un lado, el juez consideró que el aval estaba vigente, y por otro se condenaba a Banesto a pagar todas las cantidades entregadas a la inmobiliaria, no solo las que figuraban en el aval. Este último extremo es muy importante porque, según Javier, no existían precedentes en España sobre pluspeticiones. El argumento se basaba en que la cuenta corriente donde Javier realizó todos los ingresos figuraba en el propio documento de aval.

Javier insiste en la importancia de presentar demanda ejecutiva, es más rápida y efectiva. Además no es recurrible por el banco. (Espero haber transcrito correctamente todo esto.)

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