23 de noviembre de 2008

otra decisión judicial sobre avales


Un vecino amablemente me informa que se encuentra en líos judiciales con uno de esos bancos que se oponen como gato panza arriba a devolver el aval, concretamente con Caixa Catalunya. Lo bueno, o lo malo, es que en este caso hay incumplimiento de plazos, exactamente el que hayan transcurrido más de 18 meses en conceder la licencia de obras desde la firma del contrato, pero curiosamente el pleito no es por esto.

Ante la inicial negativa del banco, nuestro amigo se ha dirigido al juzgado con sus papeles buscando la ayuda del juez. Éste, en un plazo de unos 10 días, ha dictado un auto por el que condena al banco a pagar el aval más intereses.

El juez considera que el documento del aval lleva aparejada ejecución y que procede despachar la ejecución en los términos solicitados incluso en lo que se refiere a la cantidad que se presupuesta para intereses posteriores y costas. Finalmente el juez requiere al deudor a que pague la cantidad correspondiente o en caso contrario que se proceda al embargo de una finca que Caixa Catalunya posee en Zaragoza.

El juez descansa su argumentación en lo que dice la Ley 57/1968 sobre regulación de avales: "el aval unido al documento fehaciente en que se acredite la no iniciación de las obras o entrega de la vivienda tendrá carácter ejecutivo a los efectos prevenidos en ... la Ley de Enjuiciamiento Civil ...". El juez advierte que esta remisión a la antigua LEC en lo que se refiere a ejecución forzosa, debe entenderse en la actualidad tal remisión a la regulación de dicha ejecución forzosa contenida en la actual LEC.

La última noticia que tenemos sobre este caso es que, misteriosamente, el banco se opone a este auto judicial argumentando que el aval no tiene carácter ejecutivo, y por ello ha recurrido ante la instancia superior. Esperamos que esta segunda instancia resuelva pronto y a favor de nuestro amigo.

Las otras dos noticias sobre sentencias judiciales de las que ya hemos dado cuenta en estas páginas las podéis encontrar aquí y aquí.

Recuerda que si pinchas en la etiqueta aval aparecerán todas las entradas de este blog dedicadas, directa o indirectamente, a la cuestión de los avales.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

pincho en la foto para leer el auto del juez pero sale cortado y no se lee nada, lo puedes corregir? me interesa mucho verlo

lauzista dijo...

Lo siento, anónimo, la intención no era que saliera la sentencia completa, sino justo lo que sale. Por un lado el resumen es fiel y completo, por otro la sentencia contiene nombres de personas y detalles que he preferido no se hagan públicos, finalmente en el recorte sale la referencia de la sentencia para que se pueda hacer uso de ella. No obstante puedes escribirme por email particular para darte más detalles. Manuel Vázquez

Anónimo dijo...

como te puedo escribir un email? cual es tu direccion? gracias manuel

lauzista dijo...

Tienes una dirección de contacto en la columna de la derecha.